====== Objetivos del Consejo Local de Salud ====== Según nuestros estatutos el Consejo Plaza Justicia tiene las siguientes funciones que surgen de su constitución jurídica: Es una organización comunitaria de carácter funcional representativa de los usuarios y funcionarios del CESFAM Plaza Justicia. ===== Objetivos ===== - Asesorar a la Dirección del CESFAM Plaza Justicia en aspectos vincula­ dos con la gestión y desarrollar actividades de tipo informativo, propositivo, promotor, consultivo, evaluativo y decisorio. - Participar en la formulación, implementación y evaluación de los planes de desarrollo del establecimiento. - Colaborar en el diagnóstico de salud de la población. - Informar a los usuarios y comunidad sobre el funcionamiento del estable­cimiento (programas, sistemas de atención, vinculación con otros estable­cimientos de la red pública, protocolos en caso de urgencia, especialidades, campañas sanitarias, otros). - Analizar información proveniente de la OIRS y medición de la satisfacción usuaria. - Recoger opiniones e iniciativas de la comunidad y del personal de salud para mejorar la calidad de la atención y la satisfacción usuaria. - Impulsar acciones de trabajo conjunto entre el equipo de salud y la comuni­dad. - Movilizar recursos financieros y otros aportes de la comunidad, así como de entidades públicas y privadas. i.Contribuir al compromiso de los ciudadanos con el fortalecimiento del Ser­icio Público de Salud, la promoción de salud, calidad de vida y, la corres­ponsabilidad en la gestión de la salud. ===== Atribuciones ===== Además, el Consejo orientará su acción a promover la integración, la participación y el desarrollo de los usuarios en su relación con el CESFAM Plaza Justicia. En particular tendrá las siguientes atribuciones: - Representar a los usuarios ante cualquier autoridad, institución o persona para celebrar actos, contratos, convenios o gestiones conducentes al desa­rrollo integral del Consejo. - Aportar elementos de juicio y proposiciones que sirvan de base a las decisio­nes de la Dirección del CESFAM Plaza Justicia. - Gestionar la solución de los asuntos o problemas que afecten a la comunidad en el ámbito de la salud, representando las inquietudes e intereses de sus miembros en estas materias, a través de los mecanismos que la ley establez­ca. - Colaborar con las autoridades del CESFAM Plaza Justicia, del Servicio de Salud Valparaíso–San Antonio (SSVSA) y, en particular, con las jefaturas de los servicios públicos, en la satisfacción y cautela de los intereses y nece­sidades básicas de la comunidad en el ámbito de la salud. - Ejecutar en el ámbito de las unidades vecinales asignadas al CESFAM Pla­za Justicia y en relación con la salud de la comunidad, las iniciativas y obras que crea convenientes, previa información oportuna a la autoridad, de acuer­do con las leyes, reglamentos y ordenanzas correspondientes. - Ejercer el derecho a una plena información sobre los programas y activida­des de la Municipalidad de Valparaíso, de la Corporación y de los servicios públicos que afecten a su comunidad, especialmente en el ámbito de la salud. - Proponer programas y colaborar con las autoridades en las iniciativas ten­dientes a la protección del medio ambiente de la comuna, en especial de la comunidad que representa. ===== Funciones ===== Para el cumplimiento de sus objetivos, el Consejo tendrá las siguientes funciones: - Promover la defensa de los derechos constitucionales de las personas, espe­cialmente los derechos humanos y particularmente el derecho a la salud, y el desarrollo del espíritu de comunidad, cooperación y respeto a la diversidad y el pluralismo entre los habitantes de la comunidad que representa. - Impulsar la participación en la gestión y apoyo al CESFAM Plaza Justicia de todos los habitantes de la comunidad. - Estimular la capacitación e información de los usuarios en general y de los dirigentes en particular, en materias de organización y procedimientos para acceder a los diferentes programas de salud que los beneficien y en todos aquellos otros aspectos que considere de interés. - Impulsar la creación y la expresión artística, cultural y deportiva, y de los espacios de recreación y encuentro de la comunidad, como instrumentos pa­ra la integración, promoción y prevención en salud. - Propender a la obtención de los servicios, asesorías, equipamiento y demás medios que necesite para el mejor desarrollo de sus actividades y la solución de los problemas de salud de la comunidad. - Colaborar con la Municipalidad de Valparaíso, la Corporación, el Servicio de Salud Valparaíso–San Antonio (SSVSA) y otros organismos públicos compe­tentes, en la proposición, coordinación, promoción, información, difusión y ejecución de medidas y acciones tendientes al resguardo de la salud de la comunidad que representa. - No será de competencia del Consejo de Desarrollo Local de Salud, resolver temas de funcionamiento interno de las organizaciones o instituciones que lo componen. ===== Tareas ===== El Consejo velará por la integración al desarrollo y el me­joramiento de las condiciones de vida de los sectores más necesitados de su comunidad y, para tal efecto, realizará las siguientes tareas: - Colaborar con la Dirección del CESFAM Plaza Justicia, de acuerdo con la normativa vigente, en la identificación de las personas y grupos familiares con problemas de salud que vivan en condiciones de vulnerabilidad social o presenten problemas de acceso al sistema de salud. - Propender a una efectiva focalización de las políticas y programas de salud hacia las personas y los grupos familiares más vulnerables. - Impulsar planes y proyectos orientados a resolver los problemas de salud de su comunidad, considerando los determinantes sociales y situación epide­miológica. - Proponer y desarrollar iniciativas que movilicen solidariamente recursos y capacidades de y para los habitantes del sector que atiende el CESFAM Pla­za Justicia. Para la consecución de estos fines buscará el apoyo de organis­mos gubernamentales y privados que considere pertinentes. - Promover y colaborar con las autoridades correspondientes en la observan­cia de las normas sanitarias y en la ejecución de programas de higiene am­biental en el CESFAM Plaza Justicia y en su entorno, así como participar en acciones e iniciativas para la protección del medio ambiente y los equilibrios ecológicos, como un instrumento para el logro y protección de la salud de la comunidad que representa. - Promover y participar en acciones orientadas a capacitar a usuarios y fun­cionarios del CESFAM Plaza Justicia, en técnicas de buen trato, tanto del usuario hacia el funcionario, como de éste hacia el usuario; determinantes sociales, difusión de derechos en salud u otras. El Consejo, para el ejercicio de las funciones contempladas en los artículos anteriores y demás que señalen otras normas legales, elaborará los correspondientes programas de actividades y proyectos específicos de eje­cución, así como el respectivo presupuesto de ingresos y gastos, por períodos anuales. Estos documentos serán aprobados en Asamblea Extraordinaria, por la mayoría absoluta de los socios presentes en dicha reunión conforme a las normas establecidas en este Estatuto y en la Ley N° 19 418. ===== Véase también ===== * [[:Estatutos]] {{tag>O Objetivos "Objetivos del Consejo Plaza Justicia"}}